Es viernes y, como cada viernes, os traemos un nuevo capítulo de nuestro blog.
Esta vez le daremos un enfoque distinto a modo de entrevista y os preguntareis… ¿De qué vamos a hablar? Pues bien, se trata de un tema que os inquieta a muchos de los farmacéuticos que es: las donaciones de farmacias.
Para ello, contamos con la presencia de José Luis Donaire, responsable del departamento de transmisiones de farmacias en nuestra empresa Albarelo Gestión. Será él quien se encargue de responder aquellas preguntas que seguramente os habréis planteado muchas veces: qué tengo que hacer para poder donar mi farmacia; impuestos que me cobrarán; vender o donar; qué ocurre si tengo varios hijos y se la quiero donar únicamente a uno de ellos…
Por tanto, si estas pensando en donar tu farmacia dentro de poco… ¡Has llegado al sitio perfecto! Así que, sin más dilación, vamos allá:
Según. Podríamos decir que el donante está exento en IRPF y el donatario se beneficia de una reducción en el impuesto sobre sucesiones y donaciones de un 99%. Pero no todo es tan sencillo y bonito, dado que hay diversas circunstancias para tener en cuenta, pero para mí una de las más determinantes es la familiar. Si ponemos el ejemplo de un titular que tiene varios hijos y solo uno de ellos es farmacéutico, si se la dona a este hijo, puede ser muy interesante fiscalmente puesto que pueden aplicarse las reducciones previstas, pero los otros hijos se quedan en inferioridad, a no ser que el padre los compense de otra manera. También habría que ver para el hijo donatario qué ventajas tiene, porque si es cierto que está exento, como dijimos anteriormente, de pagar el 99% del impuesto, como en el caso de la Comunidad de Madrid, pero no es menos cierto que la donación afecta a la amortización del fondo de comercio, y en muchas ocasiones, ha sido la causa, aun con los beneficios fiscales de la donación, de que se haya optado por la compraventa.
Hay unos requisitos que son básicamente que el donatario debe ser el cónyuge, sus descendientes, ascendentes hasta tercer grado…Que el donatario debe mantener lo donado al menos entre 5 y 10 años, esto depende de la Comunidad Autónoma en la que se realice la donación, además de alguna otra salvedad.
En cuanto al donante, debe de haber cumplido los 65 años, dejar las funciones que estaba realizando en el negocio que dona y que el año anterior al menos el 50% de los ingresos del IRPF hayan sido generados en la actividad que dona.
Como comentamos anteriormente, si se la dona a uno de sus hijos farmacéutico, pues crea una cierta desigualdad entre ambos. Por eso hay que ver todos los pros y contras para que ninguno de ellos quede perjudicado. Una de las opciones que más vemos en nuestra consultora, cuando tenemos este caso, es que el padre o la madre farmacéuticos, venden la farmacia y reparten económicamente a todos por igual para que no haya agravios. Así el hijo farmacéutico tiene la inyección económica suficiente para poder adquirir otra oficina de farmacia.
Como he explicado anteriormente, el donante debe dejar las funciones que estaba realizando en el negocio que dona.
Lo que podría concluir es que para que todo se haga correctamente, tiene que realizarse una planificación adecuada consultando con especialistas en la materia, ya que será recomendable en algunas ocasiones y en otras no, ya que depende muy mucho de las situaciones familiares que serán distintas, para que nadie salga perjudicado y que económicamente se pueda ahorrar lo máximo posible.
Esperamos que os haya resultado útil la información que nos ha dado Jose Luis y que, por tanto, tengáis las ideas mucho más claras si en algún momento tenéis pensado llevar a cabo una donación de vuestra farmacia.